El Presbítero Antonio Sáenz
y el primer Cementerio Británico de Buenos Aires
Aún en su relativamente escaso conocimiento por parte del público, en general se
sabe que el Presbítero Dr. Antonio María Sáenz fue el primer rector de la Universidad
de Buenos Aires. Ordenado sacerdote, había nacido en esta capital un 6 de junio de
1780. Además de sus estudios de filosofía, teología y latines, se graduó en cánones
y jurisprudencia, llegando a matricularse como abogado en la Real Audiencia de Charcas.
Vuelto a Buenos Aires en 1805, desempeñó cátedras y oficios eclesiásticos diversos.
En 1810 participó y votó por la soberanía popular en el Cabildo Abierto del 22 de
mayo. También fue congresal en Tucumán en 1816 y autor del “manifiesto” que ese Congreso
dirigió a los pueblos. Falleció en 1825 y una avenida de esta ciudad lleva su ilustre
nombre
Pero a la par que su actuación educativa y su rol patriótico en las jornadas de 1810
y de 1816, menos conocida es su decisiva intervención en la instalación del primer
cementerio de disidentes de nuestro país, el cementerio protestante “del Socorro”,
emplazado en terrenos linderos a la actual iglesia del Socorro en la calle Juncal.
¿Qué actuación le tocó al Presbítero Sáenz en este trámite?
En diciembre de 1820, un grupo de comerciantes británicos convocó a otros con-nacionales
a efectos de encarar la compra de un terreno para enterratorio. Recordemos que no
existían entonces en Buenos Aires más que “camposantos” a cargo de religiosos y donde
sólo se admitía a los bautizados en la fe católica. La suerte de los disidentes,
tras su muerte, era frecuentemente un hoyo en la ribera del Río de la Plata o el
abandono de los despojos en la playa. Efectuado el petitorio, el Gobierno requirió
el dictamen del Presbítero Sáenz en febrero de 1822 que se expresó a favor de la
iniciativa.
Los fundamentos de su docta opinión manifiestan su profundo humanismo, su inclinación
democrática y su concepción iusnaturalista del Derecho. Sáenz consideraba laudable
el pensamiento que inspiraba la petición ya que no hallaba ningún principio católico
romano que se opusiera “a la inhumación decente que se debe a los cadáveres, sea
cual fuere la creencia que los individuos tuvieron viviendo”. Estas razones son tributarias
del antiguo ius sepulchri, el derecho a la justa sepultura que rara vez se negaba
en Roma.
En consecuencia, seguía Sáenz, dado que el canon impide únicamente la inhumación
de protestantes en los templos católicos, en este caso, la sepultura solicitada “es
de rigurosa justicia y aún de rigurosa decencia pública concederla”.
Con esta sensata tolerancia, Sáenz daba el visto bueno eclesiástico a la iniciativa,
abriendo cauce a las expresiones públicas y urbanas de la pluralidad de cultos en
el Río de la Plata. En este aspecto, la impronta de la época rivadaviana se hace
notoria y congruente con la posterior instalación de la primera colonia de agricultores
escoceses protestantes en nuestro país, radicada en las tierras de Santa Catalina
(hoy Lomas de Zamora) en el año 1825. En curioso sincronismo, el arquitecto a cargo
de las obras edilicias en la colonia fue Richard Adams, quien años más tarde edificaría
la capilla del segundo enterratorio protestante de Buenos Aires, en la calle Victoria.
Dr. Oscar Andrés De Masi
Asesor Legal de la CNMMyLH
Coordinador del Programa de
Valoración del Patrimonio funerario